La caza en casa
De mascotas a tráfico internacional
Quizás muchos no somos conscientes, o no sabemos, qué es el tráfico ilegal de vida silvestre.
Mientras que animales como el jaguar, los lagartos o los guacamayos son representativos de la fauna silvestre en la Amazonía; las orquídeas, palmeras de aguaje y árboles maderables como el shihuahuaco, lo son de la flora silvestre. Su captura, caza furtiva, posesión, adquisición y contrabando son las mayores amenazas para la conservación de la diversidad biológica del planeta.
En el Perú, solo entre 2009 y 2012 se decomisaron 13,033 animales vivos. Las especies más traficadas son la tortuga acuática taricaya, la tortuga terrestre motelo, y anfibios como la rana gigante del lago del Titicaca. La mayoría son traficados y vendidos como mascotas.
Otra forma de comercialización de animales silvestres es la venta de carne de monte y de sus partes: cráneos, dientes, pieles, cueros, etc. Se usan como insumos para medicina tradicional, la elaboración de artesanías, para fines científicos y de investigación biomédica, la industria de cuero, pieles y fibra, etc.
La ley peruana sí permite el consumo o aprovechamiento de animales con fines de subsistencia para las comunidades nativas y ribereñas. También si proceden de zonas de manejo de fauna silvestre en áreas protegidas, comunidades y zoocriaderos. Por ejemplo, en la Reserva Nacional Pacaya Samiria, en Loreto, hay experiencias de manejo de taricayas: se cuidan las playas donde anidan, se crean playas artificiales de huevos para repoblar la especie y, mediante cuotas, se aprovecha huevos y crías de esta especie, que es comercializada legalmente en el Perú.
El comercio de animales silvestres se vuelve una actividad ilícita cuando no se puede demostrar su procedencia legal, tanto de los especímenes como de sus “productos”. En el Perú, esta actividad está focalizada en las regiones de Ucayali, Madre Dios y, en mayor medida, en Loreto. Los puntos de oferta y abastecimiento son los mercados y puertos fluviales de las principales ciudades amazónicas. Ahí llegan regatones que revenden los animales que adquirieron de los comuneros.

En los mercados de Belén y Modelo se vende carne ilegal de sajino, huangana, venado y majaz para consumo en hogares y restaurantes. Pero también se vende animales vivos como monos, loros y caimanes.
Cuando los gobiernos regionales, en alianza con la Policía Nacional del Perú, desarrollan operativos para controlar este comercio ilegal, los animales decomisados suelen ser llevados a centros de rescate. Son los encargados de resguardarlos y, en algunos casos, rehabilitarlos. Pero son organizaciones de administración privada, con recursos escasos. Para compensarlo, abren sus instalaciones para la visita de la población local y de turistas.

Fuente: Naciones Unidas, 2018
Dos tipos de caza
Individual o red criminal
La captura de animales en la Amazonía peruana puede darse de forma “casual” e individual, o como parte de una red criminal expresamente dedicada a esta actividad ilícita.
En el primer caso, suele suceder que un comunero ingresa al bosque para realizar una caza de subsistencia. Su primer objetivo es suplirse de animales para su consumo, pero ocasionalmente captura crías de los animales que caza como monos, loros, tortugas terrestres o tortugas motelos. Luego las ofrece como mascotas dentro de su comunidad, a regatones (comerciantes locales) o las vende directamente en los mercados.


De otro lado están los traficantes profesionales, que abastecen de animales silvestres a un grupo pequeño de compradores que solicitan especies selectas como guacamayos, jaguares y boas.
Estas compras por encargo usualmente se pactan en Internet, donde hay ciberventas ilegales de animales o sus pieles. Los vendedores pueden alegar que los animales proceden de zoocriaderos, y el consumidor no tiene cómo comprobarlo (o no le interesa hacerlo). Blanquean la procedencia del animal aprovechando que existe un vacío legal que es preciso corregir.
Conoce más en la infografia: El tráfico ilegal de fauna en la Amazonía del Perú
Área amenazada
Entre 2000 y 2018, se han decomisado un total de 79 025 animales vivos, pertenecientes a 342 especies diferentes. Sin embargo, esto es una pequeña parte de la real cantidad de animales que son traficados ilegalmente en el Perú.
Fuente: InSight Crime, 2020
Tráfico de vida silvestre y epidemias.
El impacto en el calentamiento global
En su informe sobre tráfico de vida silvestre publicado en julio de 2020, la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) señaló que su explotación ilegal ha provocado una pérdida de biodiversidad sin precedentes y un empeoramiento de la crisis climática.
El 75% de todas las enfermedades infecciosas emergentes son zoonóticas, incluido el virus del SARS-CoV-2 que causó la pandemia de la COVID-19.
Fuente: UNDOC, 2020
Cuando los animales silvestres son retirados de su hábitat natural, sacrificados y vendidos ilegalmente en condiciones sanitarias desfavorables, aumenta el potencial de transmisión de enfermedades zoonóticas; es decir, causadas por patógenos que se transfieren de animales a humanos. Su amenaza para la salud pública quedó demostrada con la pandemia de la COVID-19 y sus vínculos con la venta de vida silvestre en los mercados de China.
El informe destaca el tráfico de especies silvestres como pangolines —los mamíferos salvajes más traficados en el mundo—, aves, tortugas, tigres, osos, entre muchas otras.


Blanqueo de animales silvestres
Diferencia entre comercio y tráfico
Mientras el comercio de animales incluye productos legales y especies autorizadas, el tráfico usualmente abarca especies amenazadas y cuya comercialización está prohibida.
Lamentablemente, en la práctica esta separación es menos clara porque buena parte del tráfico ilegal termina en canales comerciales autorizados a través de procesos de blanqueo. Veamos un ejemplo.


Un exportador formal de tortugas taricayas las compra a diez grupos de manejo de la Reserva Nacional Pacaya Samiria para enviarlas a Japón. Pero, durante su traslado al puerto se le muere el 10% del total. Como su permiso de exportación CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) establece una cuota permitida, acude a las comunidades que están fuera de la reserva —y que no realizan planes de manejo— y compra las taricayas que le faltan. Son ilegales, pero al incluirlas en su cargamento las introduce en el mercado formal y, así, las blanquea.
Las rutas de salida
Puertos, carreteras y aeropuertos
Las especies más amenazadas y más vistosas son las que se envían al extranjero. Asia, Europa y Estados Unidos son los principales destinos. Los puertos fluviales, las carreras e incluso los aeropuertos son zonas de tráfico de animales silvestres.
Los animales vivos que se comercializan como mascotas son transportados en condiciones muy precarias. Según el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), aves como pericos y loros se trasladan en cajas de madera con entre 50 y 150 ejemplares cada una. Lo mismo sucede con los monos, que son transportados en cajas oscuras con poca ventilación y sin ninguna medida de higiene.


Durante el trayecto al centro de comercialización, los animales traficados son expuestos a hambre, frío o excesivo calor. Muchos de ellos mueren en el camino.
La fragmentación de hábitats y el tráfico ilegal de especies silvestres están llevando a muchas de ellas a la extinción. Es el caso del mono maquisapa de cola amarilla, una especie extinta en varias zonas de la Amazonía peruana.
Fuente: Mongabay Latam
El tráfico de animales vivos y sus partes es una problemática invisibilizada por las modalidades de “trasporte y comercialización” (son transportadas en maletas, tubos, cajas, entre otros). Aún falta un sistema de trazabilidad que permita distinguir entre comercialización legal e ilegal.
Se denomina “loreadas” a la captura masiva de pichones. Luego, son trasladados por río hasta los centros urbanos de Iquitos y Pucallpa.
Fuente: SERFOR, 2017
Afecta a toda la cadena
Impactos sobre las otras especies
El comercio ilegal afecta a las especies traficadas, pero también a las que comparten su hábitat con ellas. Por ejemplo, el mono choro es hoy una especie en peligro. Sus dos principales amenazas son la caza para consumo y su comercio como mascotas o como carne de monte. El aguaje es uno de los frutos de palmeras preferidos por esta especie, pero también lo es de animales no arbóreos como los majaz. Cuando los monos choros se alimentan, esparcen las semillas y botan frutos del aguaje al suelo que estos grandes roedores aprovechan para comer. Si el mono choro desaparece, los aguajales perderán una de sus especies dispersoras, otros animales se quedarían sin alimento y los pobladores locales que se alimentan y comercializan la carne de majaz y el aguaje también se verán afectados.
Igual pasa con especies preferidas por los coleccionistas entomológicos como las mariposas que, junto a otros insectos, contribuyen a la polinización de las plantas. Existen también aves como los colibríes, que son reconocidas por su contribución en la polinización, pero que son traficados por ser asociados con creencias de brujería.
Especies de carnívoros como los jaguares, cuyos cráneos y dientes son ampliamente traficados, cumplen el rol de depredador. Su ausencia genera que los roedores aumenten su población y la demanda de más alimento origina cambios sobre la vegetación.
Los animales traficados tienen un rol importante en la naturaleza. Por ejemplo, los monos y guacamayos son dispersores de semillas, los picaflores son aves polinizadoras de plantas, y los jaguares y lagartos son depredadores.
¿Qué soluciones proponemos al tráfico de vida silvestre?
- Educación ambiental y sensibilización en las principales ciudades donde se comercializa fauna silvestre, principalmente como mascotas. Muchas personas desconocen que vender, comprar y criar animales silvestres es ilegal y es un crimen.
- Mejorar la respuesta de los profesionales que regulan el comercio ilegal de fauna silvestre. Esto mediante actividades de capacitación y apoyo logístico.
- Analizar las nuevas formas de comercialización de fauna silvestre en ciberventas y redes sociales.


Mejorar la estrategia
En 2017, el Perú se convirtió en uno de los primeros países del mundo en publicar la “Estrategia nacional para reducir el tráfico ilegal de fauna silvestre, periodo 2017-2027”. Toca evaluar sus avances y retos, las lecciones aprendidas y barreras a enfrentar, así como precisar una estrategia regional más acotada para especies silvestres amazónicas. El desafío es enorme, y las capacidades y recursos muy limitados.
Tecnología para guardaparques y vigilantes
Herramientas tecnológicas que brinden información a guardaparques y vigilantes comunales en áreas naturales protegidas y zonas de amortiguamiento:
- Prototipos de sensores de movimiento, trampas-cámara con señal de internet y binoculares-cámara que les permitan detectar la presencia ilegal de personas en áreas de captura de animales (collpas, comederos, letrinas, playas).
- Chips para marcar árboles con cavidades para anidamiento, pues son refugio de animales como guacamayos y monos.



Prototipos para hacer seguimiento de animales traficados
- GPS de bajo costo en huevos/crías, dientes y cráneos para confirmar áreas de extracción de animales e identificar actores de la cadena de suministro del tráfico de fauna silvestre.
- Pruebas de ADN fáciles de aplicar e interpretar en campo. Permitirían identificar las especies traficadas y determinar si están bajo amenazada, con lo que se incurriría en delito.
- Detectores de sangre caliente/olores/sonidos de las especies traficadas. Esto alertaría al personal técnico sobre su presencia en puntos de control.
- Scanners y chips para dar seguimiento a las especies decomisadas e internadas en los centros de cría. Facilitarían su reporte a instituciones fiscalizadoras.
Lo que dice la ley
¿Qué sanciones contempla el Código Penal peruano para actividades vinculadas con el tráfico de especies?
Artículo 308.- Tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre
Conducta sancionada | Pena |
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Quien adquiere, vende, transporta, almacena, importa, exporta o reexporta productos o especímenes de especies de flora silvestre no maderable y/o fauna silvestre, sin un permiso o certificado válido, cuyo origen no autorizado conoce o puede presumir. | Pena privativa de libertad no menor de 3 años ni mayor de 5 años, y entre 180 y 400 días-multa. |
Autoridad que emite el informe fundamentado | |
SERFOR a través de la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre |
Artículo 308-A.- Tráfico ilegal de especies acuáticas de la flora y fauna silvestre
Conducta sancionada | Pena |
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Quien adquiere, vende, transporta, almacena, importa, exporta o reexporta productos o especímenes de especies acuáticas de la flora y/o fauna silvestre bajo cualquiera de los siguientes supuestos:
|
Pena privativa de libertad no menor de 3 años ni mayor de 5 años, y entre 180 y 400 días-multa. |
Autoridad que emite el informe fundamentado | |
Cuando se trafica especies hidrobiológicas de tallas menores a las permitidas y capturadas en época de veda. | Ministerio de la Producción |
Cuando se trafica ilegalmente especies de flora acuática emergente (por ejemplo, los manglares) y la competencia no ha sido transferida a los gobiernos regionales. | SERFOR a través de la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre |
Cuando la competencia ya ha sido transferida a los gobiernos regionales. | Gobierno regional |
Artículo 308-B.- Extracción ilegal de especies acuáticas
Conducta sancionada | Pena |
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Quien extrae especies de flora o fauna acuática en épocas, cantidades, talla y zonas que son prohibidas o vedadas, o captura especies sin contar con el respectivo permiso o exceda el límite de captura por embarcación, asignado por la autoridad administrativa competente y la ley de la materia, o lo hace excediendo el mismo o utiliza explosivos, medios químicos u otros métodos prohibidos o declarados ilícito. | Pena privativa de libertad no menor de 3 años ni mayor de 5 años. |
Autoridad que emite el informe fundamentado | |
Cuando se realiza extracción ilegal de especies de flora acuática no emergente. | Ministerio de la Producción |
Cuando se realiza extracción ilegal de especies de flora acuática emergente (por ejemplo, manglares), y la competencia no ha sido transferida a los gobiernos regionales. | SERFOR a través de la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre |
Extracción marítima a mayor escala. | Ministerio de la Producción |
Extracción marítima a menor escala y artesanal. | Gobierno regional |
Cuando la competencia ha sido transferida a los gobiernos regionales. | Gobierno regional |
Artículo 308-C.- Depredación de flora y fauna silvestre
Conducta sancionada | Pena | Autoridad a cargo |
---|---|---|
Quien caza, captura, colecta, extrae o posee productos, raíces o especímenes de especies de flora y/o fauna silvestre, sin contar con la concesión, permiso, licencia o autorización u otra modalidad de aprovechamiento o extracción, otorgada por la autoridad competente. | Pena privativa de libertad no menor de 3 años ni mayor de 5 años, y entre 50 y 400 días-multa. | Ministerio de la Producción |
Autoridad que emite el informe fundamentado | ||
Cuando la competencia no ha sido transferida a los gobiernos regionales. | SERFOR a través de la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre | |
Cuando la competencia ya ha sido transferida a los gobiernos regionales. | Gobierno regional |
Artículo 309.- Formas agravadas
De los casos previstos en los artículos 308, 308-A, 308-B y 308-C:
Conducta sancionada | Pena | Autoridad que emite el informe fundamentado |
---|---|---|
Si los especímenes, productos, recursos genéticos, materia del ilícito penal provienen de áreas naturales protegidas de nivel nacional o de zonas vedadas para la extracción de flora y/o fauna silvestre, según corresponda. | Pena privativa de libertad no menor de 4 años ni mayor de 7 años. | Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) |
Si los especímenes, productos o recursos genéticos materia del ilícito penal provienen de las tierras o territorios en posesión o propiedad de comunidades nativas o campesinas; o, de las Reservas Territoriales o Reservas Indígenas para pueblos indígenas en situación de aislamiento o de contacto inicial, según corresponda. | Pena privativa de libertad no menor de 4 años ni mayor de 7 años. | SERFOR a través de la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre cuando aún no se ha transferido la competencia. Gobierno regional cuando ya ha concluido el proceso de transferencia. |
Si es un funcionario o servidor público que omitiendo funciones autoriza, aprueba o permite la realización de este hecho delictivo en su tipo básico, o permite la comercialización, adquisición o transporte de los recursos de flora y fauna ilegalmente obtenidos. | Pena privativa de libertad no menor de 4 años ni mayor de 7 años. | El fiscal solicitará el informe fundamentado al ente rector del sistema funcional al que pertenece la autoridad. |
Si se usa armas, explosivos o sustancias tóxicas. | Pena privativa de libertad no menor de 4 años ni mayor de 7 años. | |
Si se trata de especies de flora y fauna silvestre o recursos genéticos protegidos por la legislación nacional. | Pena privativa de libertad no menor de 4 años ni mayor de 7 años. |
Fuente: DAR, “Manual de delitos ambientales: Una herramienta para operadores de justicia ambiental”